Reforma de Pensiones: Descubre el Beneficio por Años Cotizados
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Acá podrás conocer todo sobre este importante beneficio que será entregado al momento de pensionarte.
¿Qué es el Beneficio por Años Cotizados (BAC)?
Es un beneficio económico que nace con la Reforma de Pensiones y que reconoce los años que cotizaste en el sistema previsional a través de las AFP.
Se paga de manera automática junto con tu pensión de vejez o invalidez y es compatible con la PGU y otros beneficios del sistema de pensiones solidarias. Es financiado a través de la Cotización con Rentabilidad Protegida que se destina al Seguro Social Previsional (SSP).
¿Quién paga las cotizaciones con rentabilidad protegida?
🧑✈️ Trabajador dependiente | 🧑💻 Trabajador independiente | 👨💼 Afiliado voluntario |
|---|---|---|
Las paga tu empleador. | Las pagas tú de manera voluntaria y a partir del año 2028 serán obligatorias. | Las pagas tú de manera voluntaria. |
Requisitos para obtener el Beneficio por Años Cotizados
- Tener 65 años o más.
- Estar pensionado por vejez o invalidez.
- No recibir pensión de retiro en Capredena o Dipreca.
- Registrar al menos 240 meses cotizados (20 años) si eres hombre o 120 meses cotizados (10 años) si eres mujer. Estos meses pueden ser continuos o discontinuos.

A contar de 2028, la cantidad de cotizaciones mínimas para mujeres aumentará gradualmente de la siguiente manera:
Se considerarán como máximo 300 meses de cotizaciones (25 años) continuos o discontinuos para el cálculo del beneficio. Esta cantidad empezará a disminuir a partir de 2046, de la siguiente manera:
Monto del beneficio
Es de 0,1 UF ($3.966 considerando el valor de la UF al 12/12/2025) mensuales por cada año cotizado, con un tope de 2,5 UF ($99.138 considerando el valor de la UF al 12/12/2025).
¿Cómo se calcula el pago?
- Para personas que estén pensionadas hasta el 31 de julio de 2025, se considerarán los meses cotizados en su cuenta individual hasta esa fecha, siempre que cumplan con todos los requisitos.
- Para personas que se pensionen desde agosto de 2025 se considerarán primero los meses cotizados al Seguro Social Previsional (SSP), luego, los meses cotizados a su cuenta individual hasta el 31 de julio de 2025, y finalmente, si es necesario, se considerarán los periodos incluidos en bonos de reconocimiento otorgados por el Instituto de Previsión Social (IPS), la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) o la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).

¿Cómo se paga?
- Se empieza a pagar desde enero de 2026 a quienes cumplan con los requisitos antes mencionados.
- Lo paga el Instituto de Previsión Social (IPS) y no requiere postulación. Se paga junto con tu pensión mensual, de manera automática y no necesitas realizar ningún trámite.

¿Qué causales pueden interrumpir el pago del beneficio?
Este beneficio se otorgará hasta el año 2054, y una vez concedido se paga de manera vitalicia, a menos que ocurra alguna de las siguientes causales:
- Si estás fuera del país más de 180 días, continuos o discontinuos, en un año de calendario, pierdes el beneficio. Puedes solicitar al IPS que reanude el pago si demuestras tu estadía en Chile al menos 180 días antes de la solicitud.
- En caso de fallecimiento este beneficio se pierde y no genera herencia ni pensión de sobrevivencia.
